martes, 25 de junio de 2013

Decreto 815:


Toda persona debe tener acceso a la educación formal; teniendo en cuenta un enfoque educativo diferente mediante mecanismos que permitan acceder al beneficio de  la educación (ministerio de educación).

Esta ley especifica normas de atención de personas con graves alteraciones en la capacidad de comunicación y relación  que alteran su socialización, comportamiento y desarrollo personal, que son atendidos en escuelas especiales reconocidas oficialmente.


         

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